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14-09-22

Entra en vigor el Real Decreto que mejora el transporte de mercancías

El pasado 2 de septiembre, entró en vigor el Real Decreto Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo para la sostenibilidad del transporte de mercancías por carretera y del funcionamiento de la cadena logística, que concretaba el desplazamiento de los conductores en el sector del transporte por carretera, además de medidas excepcionales en la revisión de precios.

Así, desde este 2 de septiembre, todos los conductores de vehículos de transporte de mercancías con una MMA superior a 7,5 toneladas, ya sean asalariados, autónomos o pertenezcan a una empresa extranjera que operen en España, ya no realizarán tareas de carga y descarga, pudiendo acarrear una sanción por cargar o descargar el conductor en los casos que no estén incluidos en las excepciones, será de entre 4.000 a 6.000 euros, sancionando así tanto a la empresa bajo cuya dirección actúe el conductor del vehículo, como al cargador, expedidor, intermediario y destinatario que hubieran intervenido en el transporte.

Excepciones
Los conductores de vehículos de transporte de mercancías de más de 7,5 toneladas de masa máxima autorizada no podrán participar en las operaciones de carga o descarga de las mercancías ni de sus soportes, envases, contenedores o jaulas, salvo en los siguientes supuestos:

  • • Servicios de paquetería y otros similares que impliquen la recogida o reparto de envíos de mercancías consistentes en un reducido número de bultos que puedan ser fácilmente manipulados por una persona.
  • • Transporte de mudanzas y guardamuebles.
  • • Transporte en vehículos cisterna.
  • • Transporte de áridos o el efectuado en vehículos basculantes o provistos de grúa u otros dispositivos inherentes al vehículo destinados a realizar las operaciones de carga y descarga.
  • • Transporte en portavehículos y grúas de auxilio en carretera.
  • • Transporte de carga fraccionada entre el centro de distribución y el punto de venta.

Este decreto-ley afecta a todos los contratos de transporte que tengan como origen o destino España, independientemente de la nacionalidad de la empresa de transporte.

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